La violencia de género no es solo un conflicto familiar: es un delito y el ordenamiento jurídico español tiene un sistema específico para proteger a las víctimas de forma rápida, gratuita y confidencial, especialmente a las mujeres y a sus hijos menores. La Ley Orgánica 1/2004 prevé medidas de protección integral —penales, civiles, asistenciales y sociales— para cortar el riesgo y facilitar que la víctima pueda rehacer su vida.
1. Recursos inmediatos y confidenciales
016: información, asesoramiento jurídico y apoyo 24/7. No sale en la factura. También por correo (016-online@igualdad.gob.es).
WhatsApp 600 000 016 y chat online de la Delegación del Gobierno contra la Violencia de Género para pedir ayuda sin llamar.
Emergencias 112 / Policía Nacional / Guardia Civil: si hay riesgo inminente, llama primero aquí.
Menores que ven violencia o la sufren: ANAR 900 20 20 10.
Oficinas de Asistencia a las Víctimas de tu comunidad: apoyo jurídico, psicológico y social gratuito.
👉 Mensaje clave: no hace falta tener la denuncia puesta para pedir información.
2. Por qué es urgente denunciar
Muchas víctimas no denuncian por miedo, dependencia económica o porque siguen conviviendo con el agresor. Pero la denuncia es lo que permite al juzgado dictar en horas una orden de protección con medidas de alejamiento, prohibición de comunicación, atribución del uso de la vivienda y protección de los hijos.
¿Dónde denunciar?
En Comisaría, Guardia Civil o Juzgado de Guardia.
Acompañada por un abogado/a especializado/a desde el primer momento: ayuda a relatar los hechos, pedir las medidas correctas y aportar partes médicos, whatsapps, testigos, informes escolares, etc.
3. Orden de protección: qué puede acordar
La orden de protección es una resolución rápida que “activa” el estatuto de víctima y da acceso a ayudas, asistencia jurídica gratuita, rentas de inserción y apoyo social. Puede incluir:
Medidas penales: alejamiento, prohibición de comunicación, salida inmediata del agresor del domicilio, retirada de armas.
Medidas civiles (muy importantes si hay hijos):
Atribución del uso y disfrute de la vivienda.
Guarda y custodia, régimen de visitas supervisadas o suspensión.
Pensión de alimentos.
Medidas de protección para los menores (el sistema VioGén prioriza los casos con hijos).
Medidas de asistencia social: acceso preferente a recursos, casas de acogida, ayudas económicas.
4. Derechos de la víctima
Además de la LO 1/2004, el Estatuto de la Víctima del Delito garantiza que la víctima sea oída, informada, protegida, pueda declarar sin coincidir con el agresor y reciba información en un lenguaje claro. También reconoce el derecho a la asistencia gratuita y confidencial.
5. Si eres extranjera o no tienes papeles
La normativa española prevé mecanismos específicos para mujeres extranjeras víctimas de violencia de género para que la denuncia no las deje en desprotección administrativa. Por eso es clave que la denuncia recoja bien los hechos y se pida la orden de protección: es el documento que “abre” el resto de ayudas.
6. Por qué acudir a un abogado especializado
Un despacho acostumbrado a tramitar violencia de género:
Te prepara para la comparecencia urgente en el juzgado.
Pide todas las medidas (no solo alejamiento).
Vigila que se notifique al punto de coordinación y a servicios sociales.
Te acompaña después: divorcio o medidas paternofiliales, pensión de alimentos, impago del agresor, indemnizaciones, quebrantamientos, modificaciones de medidas.
Y, muy importante, evita la revictimización.
7. Conclusión: romper el ciclo y empezar de nuevo
Con una intervención rápida y bien planteada, la víctima puede pasar en poco tiempo de una situación de riesgo a otra de protección real, con apoyo psicológico, social y jurídico, y con sus hijos también protegidos. Eso es lo que persigue el sistema español de protección integral.
En Nexolegal te acompañamos desde el primer paso: denuncia, orden de protección, medidas civiles urgentes, coordinación con servicios sociales y defensa penal. Si tú o alguien de tu entorno está sufriendo violencia de género, es hoy cuando hay que moverlo: cuanto antes se actúa, más fuerte es la protección.