Conducir con una tasa de alcohol superior a la permitida puede constituir infracción administrativa o delito contra la seguridad vial, con consecuencias que van desde una multa económica hasta penas de prisión o trabajos en beneficio de la comunidad, además de la retirada del permiso de conducir.
Pero algo muy importante: no todas las alcoholemias son indefendibles. Muchas condenas se basan en pruebas mal practicadas, aparatos sin control metrológico vigente o actuaciones policiales que no respetan las garantías del conductor. Ahí es donde una defensa penal técnica puede marcar la diferencia.
1. ¿Cuándo estamos ante un delito?
Hay delito, en términos generales, cuando:
La tasa de alcohol en aire espirado es superior a 0,60 mg/l, o
En sangre supera 1,2 g/l, o
Aunque la tasa sea inferior, el conductor presenta signos evidentes de influencia (conducción irregular, accidente, síntomas).
En estos supuestos se abre diligencias penales, muchas veces por juicio rápido, lo que exige reacción inmediata.
2. Puntos débiles habituales en las alcoholemias
Un abogado penalista debe revisar, entre otras, estas cuestiones:
Motivo de la detención o del alto policial: si el control no estaba correctamente justificado o se vulneraron derechos, puede impugnarse.
Doble prueba de alcoholemia: deben hacerse dos mediciones con al menos 10 minutos de diferencia. Si no se hizo así, se puede discutir la validez.
Derecho a prueba de contraste: puedes pedir análisis de sangre. Si no se te informó o se te dificultó, es una irregularidad relevante.
Homologación y calibración del etilómetro: el aparato debe estar homologado y con control metrológico en vigor. Si no, la prueba pierde fuerza.
Cadena de custodia y acta policial: hay que comprobar que lo que se hizo, se recogió por escrito y está firmado.
Circunstancias personales: ausencia de antecedentes, colaboración, conducción sin daños… todo ello puede servir para atenuar la pena.
En Nexolegal trabajamos mucho con este enfoque: no solo si había alcohol, sino si la Administración/Policía lo probó bien.
3. ¿Y si me negué a soplar?
La negativa a someterse a las pruebas de alcoholemia es un delito propio y suele estar más penado que el propio delito de alcoholemia. Pero también aquí hay defensa:
Hay que acreditar que se te informó correctamente de las consecuencias.
Debe constar que se te ofrecieron las dos pruebas.
Debe justificarse que no había imposibilidad física o médica.
Si no se hizo así, también se puede discutir.
4. Estrategias de defensa habituales
Impugnación de la prueba de alcoholemia por defectos formales o técnicos.
Solicitud de absolución por prueba insuficiente o contradictoria.
Conformidad rebajada: si el caso no es defendible (tasa muy alta, accidente, reiteración), se puede negociar una reducción de la pena de hasta un tercio en el juicio rápido.
Sustitución o fraccionamiento de la pena y minimización de la retirada del carnet, clave para quien necesita conducir por trabajo.
Valoración de atenuantes: embriaguez no habitual, reparación del daño si hubo accidente, dilaciones, etc.
5. ¿Qué puede conseguir una buena defensa?
Según el caso concreto, es posible:
Reducir la pena o transformarla en trabajos en beneficio de la comunidad.
Acortar el tiempo de retirada del carnet.
Evitar la inscripción de antecedentes en determinados supuestos.
Llegar a la absolución cuando la prueba es deficiente.
6. ¿Qué debes hacer si te han parado?
No declares sin abogado (puedes designar uno de confianza).
Pide copia de las actuaciones y de la prueba.
Acude rápido a un abogado penalista para que revise la diligencia policial antes del juicio rápido.
No firmes conformidad a la ligera: muchas condenas rápidas se hacen sin revisar si la prueba era impugnable.
Conclusión
En Nexolegal defendemos a conductores investigados por delitos de alcoholemia y seguridad vial en Santander y resto de Cantabria. Revisamos la prueba, comprobamos que el etilómetro era válido y, si hay una mínima irregularidad, la utilizamos a tu favor.
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